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martes, 29 de abril de 2014

Ministerio de RR.EE. de España sacará a "concurso" las embajadas y evaluará a los aspirantes (diario El País)

Diario El País (27 de abril de 2014) dice:

"El nombramiento de la mayoría de los embajadores ya no será una decisión discrecional del titular de Exteriores, sino el resultado de un procedimiento reglado en el que los diplomáticos que reúnan los requisitos exigidos podrán presentar sus candidaturas ante un comité de nombramientos, que evaluará sus méritos y podrá convocarles a una entrevista personal antes de elevar una terna con orden de preferencia —eso sí, no vinculante— para que elija el ministro.

Así se deduce, al menos, del borrador del Reglamento de la Carrera Diplomática, pendiente de informe del Consejo de Estado, que sustituirá al vigente desde 1955 y cuyo objetivo es “profesionalizar” el servicio exterior y salvaguardar de bandazos políticos la trayectoria de sus funcionarios. Esa es la teoría, porque las excepciones son tantas y tan relevantes que la práctica dependerá de la voluntad política de los responsables de aplicarla.

Estas son las novedades más destacadas del reglamento:

Tres clases de países
Las misiones diplomáticas se clasificarán en tres categorías, atendiendo a su importancia. La clasificación se aprobará anualmente, pero podrá modificarse en función de las circunstancias. Exteriores no cree que los países se molesten por ser incluidos en las categorías inferiores y aduce que otros Gobiernos aplican este método. El tercer grupo, el de menor importancia, no podrá incluir más del 25% del total.

Embajadas a dedo
Cada septiembre se publicará la lista de embajadas que serán cubiertas el siguiente agosto, con indicación de aquellas que queden excluidas de este procedimiento. Es decir, el ministro puede reservarse un número indeterminado de embajadas —se supone que las de mayor peso— que seguirán siendo cubiertas a dedo, incluso por no diplomáticos. Exteriores aduce que un reglamento no puede quitar competencias atribuidas por ley al Consejo de Ministros.

Requisitos de los aspirantes
Para dirigir una embajada de las clasificadas en el Grupo I, las más importantes, los aspirantes deberán tener al menos la categoría de ministro plenipotenciario de 3ª clase —el cuarto escalón en la cúspide de la carrera diplomática— y haber dirigido una embajada. Para las del Grupo II, las intermedias, deberán tener la misma categoría que en las anteriores, pero bastará con haber ocupado durante tres años un puesto directivo en la Administración (subdirector general o director de gabinete), y haber sido durante tres años número dos de una embajada o cónsul general. Para las del Grupo III, bastará la categoría de consejero de embajada y dos años como alto cargo y número dos de una embajada o cónsul general.

20 años de antigüedad
Para dirigir una misión diplomática, incluso las de menor nivel, habrá que llevar al menos 20 años en la carrera, lo que provocará un envejecimiento del colectivo de embajadores e impedirá que haya, como en los últimos años, jóvenes embajadores/as en zonas especialmente duras, como el África subsahariana. Exteriores aduce que la carrera diplomática dura 30 a 40 años y llegar a embajador demasiado pronto es fuente de futuras frustraciones.

Ex altos cargos exentos
Los diplomáticos que hayan sido altos cargos en el Ministerio de Asuntos Exteriores o embajadores están exentos de los requisitos exigidos para dirigir las embajadas de los grupos II y III.

Comité de nombramientos
Las candidaturas de los aspirantes a embajador serán evaluadas por un comité formado en exclusiva por altos cargos, presidido por el subsecretario, que presentará al ministro una terna de aspirantes por orden de preferencia y sin carácter vinculante. Es decir, el ministro podrá elegir al clasificado en último lugar.

Criterios de evaluación
El comité de nombramientos tendrá en cuenta, entre otros criterios, el conocimiento del idioma local o la experiencia previa de los aspirantes, a los que podrá convocar a una entrevista personal.

No más de dos embajadas
Los diplomáticos no podrán ocupar más de dos embajadas sucesivas y ningún diplomático podrá estar destinado en el extranjero más de nueve años consecutivos. Los embajadores cesarán al cumplir tres o cuatro años en el puesto, aunque se les podrán prorrogar por un año.

Curso de ascenso
La Escuela diplomática hará cursos de ascenso obligatorios para la categoría de ministro de tercera (similares a los del generalato en los militares), así como cursos de capacitación y actualización para destinos en el exterior.

Libre nombramiento y remoción
Todos los puestos en el exterior, de embajador a secretario de 3ª clase, son de libre designación y sus titulares pueden ser removidos discrecionalmente en cualquier momento. Exteriores alega que, dada su repercusión sobre la imagen de España, no puede esperar a la tramitación de un expediente para sustituir al personal en el exterior."

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